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Corresponde a la Dirección del Instituto Tecnológico
de Chihuahua II el ejercicio de las siguientes atribuciones:
I. Planear, dirigir, controlar y evaluar las actividades de planeación,
vinculación, académicas y administrativas del instituto
tecnológico de conformidad con los objetivos, políticas
y lineamientos establecidos por la Secretaría de Educación
Pública.
II. Dirigir la elaboración del programa operativo anual y el anteproyecto
de presupuesto del instituto tecnológico con base en los lineamientos
establecidos para tal fin y proponerlos a la dirección general
para su autorización.
III. Proponer a la Dirección General de Institutos Tecnológicos,
la organización del instituto, así como modificaciones a
los sistemas y procedimientos que coadyuven al cumplimiento de los objetivos
del mismo.
IV. Dirigir y controlar la integración y administración
de los recursos humanos, financieros y materiales del instituto tecnológico,
de conformidad con la normatividad vigente.
V. Dirigir y controlar la aplicación de los planes y programas
de estudio, apoyos didácticos y técnicas e instrumentos
para la evaluación del aprendizaje en el instituto tecnológico
conforme a los lineamientos técnicos y metodológicos establecidos
por la Dirección General de Institutos Tecnológicos.
VI. Dirigir y controlar el desarrollo de los proyectos de investigación
científica y tecnológica en el instituto de acuerdo a los
lineamientos técnicos y metodológicos establecidos por la
Dirección General de Institutos Tecnológicos.
VII. Promover y dirigir el desarrollo de las actividades de vinculación
del instituto tecnológico con el sector productivo de bienes y
servicios de la región.
VIII. Promover y dirigir el desarrollo de las actividades cívicas,
sociales, culturales, deportivas y recreativas del instituto tecnológico,
así como las de vinculación y orientación educativas.
IX. Dirigir y supervisar el sistema de control escolar del instituto
tecnológico, conforme a las normas y procedimientos establecidos.
X. Dirigir y controlar la prestación de los servicios asistenciales
del instituto tecnológico de acuerdo con los lineamientos establecidos.
XI. Promover la difusión de las normas y lineamientos que regulen
el funcionamiento del instituto tecnológico en las áreas
del mismo y vigilar su aplicación.
XII. Informar del funcionamiento del instituto a la Dirección
General de Institutos Tecnológicos en los términos y plazos
establecidos.
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